Alegato CELS: El Chubut y Diario de Madryn

Solicitan la pena máxima para los marinos imputados en la Masacre de Trelew
 
Comenzó ayer la etapa de los alegatos en el juicio que se sigue contra cinco ex marinos por la muerte de 16 presos políticos en la Base Almirante Zar de Trelew en agosto de 1972.
 


El abogado de los familiares de las víctimas, Eduardo Hualpa, en su calidad de querellante, inició la ronda de alegatos pasadas las 5 de la tarde de ayer en el centro cultural José Hernández de Rawson.


Se esperaba que Hualpa solicite la pena máxima -perpetua- para los imputados Rubén Paccagnini, Luis Emilio Sosa, Emilio Del Real y Carlos Marandino. En el caso del imputado Jorge Bautista, la pena máxima es de tres años dado que se lo acusa de encubrimiento.
La ronda de alegatos continuará hoy con el otro abogado querellante, Germán Kexel, quien actúa por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Restan aún los planteos de los representantes del Ministerio Público Fiscal y los cuatro abogados defensores de los marinos procesados.
Desde la Fiscalía se reiteraría el pedido de la pena máxima por considerar que fue probado a lo largo del juicio que se trató de un delito de lesa humanidad.
La madrugada del 22 de agosto de 1972, los militantes políticos que una semana antes habían fugado del penal de Rawson, fueron víctimas de los disparos de militares en la Base Aeronaval de Trelew.
Fallecieron 16 de los presos y tres sobrevivieron, aunque murieron pocos años después en otros hechos vinculados con su militacia política.

TODOS PRESENTES
Aunque gran parte del juicio por la Masacre de Trelew, cuatro de los cinco imputados lo siguieron desde el Consejo de la Magistratura en Capital Federal por el sistema de videoconferencia -dado que están en libertad- esta etapa hasta que se dé lectura a la sentencia por parte del Tribunal Oral Federal deben estar todos presentes en la sala de audiencias en Rawson.
Por ese motivo Paccagnini, Sosa, Del Real y Bautista regresaron a la zona, mientras que el ex cabo Marandino sigue detenido en la Alcaidía policial de Trelew.

SENTENCIA EN OCTUBRE
Si se cumple con los plazos estimados en la lectura de los alegatos de las distintas partes, la semana próxima podría estar concluida esta etapa.
Se estima que el Tribunal Oral Federal podría estar dando lectura a la sentencia a mediados de octubre, coincidentemente con la recordación de los 40 años del llamado «Trelewazo».
EMPEZARON LOS ALEGATOS POR LA MASACRE DE TRELEWPara la querella, los imputados son penalmente responsables de delitos de lesa humanidad


En el inicio de los alegatos por el juicio de la Masacre de Trelew, la parte querellante que representa a los familiares de las víctimas del fusilamiento, a través del abogado Eduardo Hualpa, sostuvo que los cinco imputados “son penalmente responsables de gravísimos delitos de lesa humanidad”.
En el centro cultural de Rawson, donde se improvisa el tribunal que preside el juez Enrique Guanziroli, estuvieron presente los cinco ex militares procesados: Luis Emilio Sosa, Carlos Marandino, Emilio Del Real, Rubén Pacagnini y Jorge Bautista.
El contexto de los hechos
Luego del adelanto que hizo Hualpa sobre la consideración de las pruebas aportadas por los testimonios y las pruebas periciales y documentales, la abogada Daiana Fusca, también querellante, detalló el contexto histórico en el que se dieron los fusilamientos del 22 de agosto de 1972. En su larga exposición resumió que en ese año las Fuerzas Armadas del país ya se regían por los principios de la doctrina de Seguridad Nacional que planteaba la hipótesis del “enemigo interno”, lo que atrajo consecuentemente una serie de legislaciones represivas durante el gobierno del dictador Agustín Lanusse, “la institucionalización de la tortura, las primeras desapariciones forzadas y la represión generalizada contra el pueblo”, resumió la abogada.
Respecto a las evidencias para probar que las Fuerzas Armadas tenían una política deliberada de represión y tortura, la doctora Fusca se basó en documentos provenientes del seno interno de las fuerzas, por ejemplo el “Instructivo para las luchas contra la subversión” de 1972, donde establecía que la lucha era “permanente, integral, universal y multiforme”, precisó la querellante. También se refirió a los documentos “Operaciones contra fuerzas irregulares” que se sancionó en el gobierno dictatorial de Lanusse en 1968, que es donde se especificaba el uso de la violencia física y psicológica para luchar contra los grupos militantes. Otro aspecto importante del alegato fue la aclaración del eufemismo denominado “interrogatorio” cuando en realidad los documentos militares se referían concretamente al uso de la tortura.

Inicio del genocidio

Respecto a la amplia legislación que hacia 1972 existía en Argentina para facultar a las Fuerzas Armadas, y también a las fuerzas de seguridad, para reprimir a la creciente movilización social, Fusca detalló cómo la legislación tipificaba bajo el concepto de comunista a cualquiera que tuviera una actividad propagandista y actividad militantes que iba desde “docentes, obreros, estudiantes y profesionales”. La base probatoria de la legislación fue aportada por la testigo Vera Carnavale, historiadora e investigadora del CONICET que además de declarar en el juicio aportó documentos vitales para el juicio y el conocimiento histórico: publicaciones gráficas donde se enumeraban todas las legislaciones represivas de ese momento y las violaciones de los derechos humanos que se conocían en esos años.
En la contextualización histórica, Fusca sostuvo que tras el aumento de la represión al pueblo “surgen numerosas organizaciones revolucionarias que se proponían la defensa del pueblo y el cambio social”. Entre ellas se especificaron sobre todo el denominado Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR) y Montoneros. Igualmente, además de las organizaciones revolucionarias, Fusca detalló las numerosas movilizaciones populares en todo el país a partir de mayo de 1969 cuando se produjo el Cordobazo. Todo ese contexto de movilización desembocó en la represión que hacia 1972 produjo la Masacre de Trelew, fue la hipótesis de las querella.

Los hechos de agosto de 1972

El abogado Eduardo Hualpa retomó su exposición para referirse detalladamente a todos los hechos que pasaron previamente al 15 de agosto, es decir antes de que se concrete la fuga de los miembros de las tres organizaciones revolucionarios que estaban confinados en el penal de Rawson, y hasta el 22 de agosto cuando se produce el fusilamiento de los 19 presos políticos, de los cuales sólo sobrevivieron tres. También hizo hincapié en el encubrimiento que forzó la dictadura de ese momento, “donde vemos que presentaron cuatro versiones oficiales que se contradicen”, dijo Hualpa.
Sobre lo que pasó antes de la fuga, el querellante narró las razones para que más de cien presos políticos fueran trasladados a Chubut: “La intención era aislarlos tanto de sus familiares, como de las organizaciones a la que pertenecían y de sus abogados”. No obstante, el querellante detalló la solidaridad de los pobladores de Rawson y otras localidades que organizaron comisiones para apoyar espiritualmente a los presos “llevándoles comida, ropa y visitándolos en el penal”.
Luego de repasar la fuga de los 25 presos políticos que salen del penal, de los cuales sólo seis logran escapar en un vuelo que desviaron a Chile, Hualpa se refirió a las condiciones de entrega de los presos en el viejo aeropuerto de la ciudad de Trelew: tanto físicamente como las condiciones de entrega (exigían a las autoridades judiciales regresar al penal de Rawson).
Sin embargo, según consta en las pruebas a partir de declaraciones de los imputados, ni bien depusieron las armas frente al juez Godoy, los periodistas y ciudadanos autoconvocados en el lugar de los hechos, se violaron las condiciones de entrega. “Pacagnini le dijo a Sosa que por orden presidencial no podían ser regresados al penal, este se lo transmitió al juez Godoy quien finalmente se lo dijo a los presos políticos”, dijo Hualpa especificando el cumplimiento de la cadena de mandos para comprobar que se trató de un delito deliberado y por orden de un gobierno de facto.
Respecto al fusilamiento, Hualpa se basó, como elemento probatorio, la coincidencia de los sucesivos relatos que dieron los tres sobrevivientes a partir de 1973 para diversas investigaciones periodísticas. Además, apoyó su argumento en declaraciones de ex miliatres que fueron testigos de los momentos inmediatamente posteriores: “Sosa preparó un grupo especial de militares para custodiar a los presos”, dijo Hualpa sobre la declaración de Magallanes, ex miembro de la Armada. “Luego de ser despertados mediante gritos y patadas a las puertas de las celdas, dos o tres minutos después y sin que mediara ningún hecho desencadenante, el personal de la Armada abrió fuego sobre los presos. Tras las ráfagas, los militares recorrieron el lugar y remataron a los que aún estaba vivos”, resumió Hualpa sobre los hechos finales de la masacre.

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